El día 17 de octubre de 2013 tuvo lugar en el marco de las 2es Jornades Valencianes de Documentació el seminario “Creación de empresas, autónomos, gestión y plan de viabilidad” en el que participó Sergio Gutiérrez Nieto, Responsable de la Antena Local de Benicarló de Cámara Castellón y de su Punto de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT) para emprendedores.
Sergio nos inició en los pasos necesarios para iniciar una empresa, hablándonos de las formas societarias existentes, sus derechos y obligaciones, etc. Se centró únicamente en el aspecto legal del emprendimiento, dada la limitación de tiempo. Una vez se tiene una idea de negocio y se decide crear una empresa, hay que evitar una serie de errores frecuentes: no recibir asesoramiento, no realizar un plan de empresa, etc. También destacó el error de la dependencia de las subvenciones: hay que elegir la forma jurídica de la empresa que más convenga por sus características, y no por las subvenciones que tenga asociadas. Nos recordó que las cámaras de comercio disponen de puntos de atención al emprendedor, donde se puede gestionar casi todo el proceso de constitución de una empresa.
La elección de la forma jurídica depende del tipo de actividad que se va a desarrollar, de la sensación de riesgo (clase de personalidad jurídica y su consiguiente responsabilidad frente a deudas) y de su fiscalidad. Conforme a estas claves, nos habló de las características de cuatro formas jurídicas: individual (autónomo), comunidad de bienes, sociedad civil y sociedad limitada.
El empresario individual ha de hacer frente a las deudas con todo su capital y patrimonio, y su fiscalidad se tramita a través del IRPF, según los beneficios totales a final de año. En la comunidad de bienes y en la sociedad civil, la responsabilidad jurídica se reparte entre los socios, y su fiscalidad también se basa en el IRPF. En el caso de la sociedad limitada, la responsabilidad jurídica es de la empresa, ya que tiene personalidad jurídica propia. Para ello, debe realizar un depósito de 3000 € como garantía. En cuanto a su fiscalidad, se paga un 25% de los beneficios. Sergio nos aconsejó que, dados los tramos de impuestos, es preferible cambiar a la forma de sociedad limitada una vez que los beneficios superen los 36000 € anuales.
Por último, nos habló de otra serie de trámites obligatorios: la declaración censal y la cuota de la Seguridad Social en el caso de los autónomos, las distintas licencias municipales según la clase de negocio (apertura de la actividad, obras, ambientales), el alta en el Impuesto de Actividades Económicas, etc.